Horas Extras y Trabajo en Días de Descanso: ¿Pena de Cárcel para el Patrón?

Horas Extras y Trabajo en Días de Descanso: ¿Pena de Cárcel para el Patrón?

LABORAL

8/27/20253 min read

Horas Extras y Labor en Días de Descanso: ¿Pena de Cárcel para el Patrón en México?

La Ley Federal del Trabajo (LFT) en México es muy clara respecto a la jornada laboral, las horas extras y el derecho al descanso de los trabajadores. Si bien el incumplimiento de estas normativas suele acarrear multas y sanciones económicas, existe una preocupación latente entre los empleadores: ¿podría un patrón enfrentar la cárcel por estas faltas?

La respuesta no es un simple sí o no. Si bien la LFT no establece directamente penas de prisión por el mero hecho de no pagar horas extras o exigir trabajo en días de descanso, la situación puede escalar a delitos penales bajo ciertas circunstancias que todo empleador debe conocer.

Jornada Laboral y Horas Extras según la LFT

La LFT establece límites claros a la jornada laboral:

  • Diurna: 8 horas

  • Nocturna: 7 horas

  • Mixta: 7.5 horas

Cuando un trabajador excede su jornada máxima, se generan horas extras. La LFT las clasifica y regula su pago de la siguiente manera (Artículo 67 y 68):

  • Primeras 9 horas extras a la semana: Se pagan al doble (100% más del salario de una hora normal).

  • Horas extras excedentes de 9 a la semana: Se pagan al triple (200% más del salario de una hora normal).

    Además, la LFT prohíbe exceder las tres horas extras diarias o las nueve horas extras a la semana (Artículo 66 y 68). El patrón que no respete estas disposiciones o no pague correctamente las horas extras incurre en una violación a la ley laboral que puede ser sancionada con multas administrativas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

Labor en Días de Descanso Obligatorio

El Artículo 74 de la LFT lista los días de descanso obligatorio. Si un trabajador labora en uno de estos días, el patrón debe pagar un salario doble por el servicio prestado, independientemente de su salario normal (Artículo 73). Por ejemplo, si un trabajador gana $500 pesos por un día de trabajo, por laborar un día festivo recibiría $500 (su salario normal) + $1,000 (el salario doble por el servicio prestado), sumando un total de $1,500.

La falta de pago de estas remuneraciones también es una violación a la LFT y sujeta a sanciones económicas.

¿Cuándo el Incumplimiento Laboral se Vuelve Delito?

Aquí es donde la situación se complica y la preocupación por la pena de cárcel toma relevancia. El incumplimiento de las normativas de horas extras y días de descanso, por sí solo, no es un delito penal. Sin embargo, puede convertirse en uno bajo las siguientes circunstancias:

  1. Explotación Laboral (Delito de Trata de Personas): El Código Penal Federal (CPF) tipifica el delito de trata de personas, que incluye la explotación laboral. Si la exigencia de trabajar jornadas excesivas (incluyendo horas extras o laborar en días de descanso sin la debida retribución) se realiza bajo condiciones que impliquen:

    • Engaño, violencia, coacción, abuso de poder, o abuso de una situación de vulnerabilidad.

    • Con el fin de obtener un beneficio injusto.

    • Y que resulten en la explotación del trabajador (Artículo 159 del CPF y Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos).

      En este escenario, las penas son severas, pudiendo ir desde los 5 hasta los 15 años de prisión, además de multas considerables. No se trata solo de la omisión del pago, sino de la condición de explotación sistémica y forzada.

  2. Delitos Fiscales y Defraudación Fiscal: Si el impago de horas extras o el manejo indebido de los días de descanso resulta en una evasión fiscal significativa (por ejemplo, si se simulan pagos o se ocultan salarios para reducir las contribuciones al IMSS, Infonavit o ISR), esto podría derivar en un delito de defraudación fiscal (Artículo 108 del Código Fiscal de la Federación), que sí contempla penas de prisión.

Conclusión: Prevención es Clave

La clave para los patrones es la prevención y el estricto cumplimiento de la LFT. Un sistema de control de horarios transparente, el pago puntual y correcto de todas las prestaciones (incluyendo horas extras y primas por días de descanso), y la garantía de un ambiente laboral justo y respetuoso son esenciales.

No se trata solo de evitar multas administrativas, sino de salvaguardar la reputación de la empresa, el bienestar de los trabajadores y, en casos extremos, la libertad del patrón. La inversión en una buena asesoría legal y contable, junto con sistemas de gestión de nómina eficientes, es la mejor defensa contra cualquier riesgo.

¿Tu empresa tiene un control efectivo de horas extras y días de descanso? ¿Consideras que la legislación actual es suficiente para proteger a los trabajadores?